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Debido al periodo de inamovilidad dictado por el estado, que ya se viene extendiendo por más de dos meses, muchos peruanos se han visto en la difícil situación de no poder generar nuevos ingresos. Para mitigar este golpe en su economía, el gobierno decretó que varios servicios, como la luz, el agua y el teléfono, deberían seguir funcionando incluso si los usuarios no pagaban sus recibos mensuales.

La medida hasta el momento se mantiene, pero desde el próximo 03 de junio ya no incluirá al servicio de telefonía, cuando menos no al 100%.

 

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Osiptel aprobó que las operadoras suspendan líneas por no pago

 

Y es que, según Osiptel, debido a los altos niveles de morosidad, se ponen en riesgo las inversiones destinadas a mantener la calidad, dar mantenimiento a las redes, incrementar la conectividad y garantizar la provisión continua de los mismos, por lo que se estaría autorizando a las operadores de telefonía móvil a suspender el servicio de aquellos usuarios que no cumplan con pagar sus recibos mensuales.

Por supuesto, hay condiciones.

 

bloqueo de celulares
Desde el 03 de junio tu servicio será suspendido si adeudas más de 03 meses de pago

 

Y es que, según podemos constatar en la Resolución N° 043-2020-PD/OSIPTEL, publicada hoy en Edición Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, los que se quedarán sin servicio desde este 03 de junio serán los usuarios que a la fecha deban más de 03 recibos, mientras que aquellos que deban 02 recibos tendrían hasta el 12 de junio para regularizar su situación.

Las operadoras por su parte tendrá la obligación de dar las facilidades para que el usuario del servicio pueda migrar a un plan tarifario inferior o que migre al servicio prepago, esto con el fin de que no pierda su número telefónico.

Según OSIPTEL, entre los meses de marzo y abril, las empresas operadoras han visto reducidos en 17.6% y 29.2% sus ingresos operativos, lo cual pondría en riesgo el correcto mantenimiento de sus redes y que el servicio se mantenga operativo para el grueso de sus clientes.

 

 

 

Como muchos otros negocios, con el inicio del estado de emergencia sanitaria en el Perú, las operadoras de telefonía móvil se vieron imposibilitadas de continuar con la totalidad de sus operaciones, debiendo restringirse a aquellas estrictamente necesarias para el adecuado funcionamiento de las líneas de sus clientes.

Sin embargo, desde ayer 18 de mayo, Osiptel habría aprobado los lineamientos para el reinicio de actividades de las cuatro operadoras locales de telefonía móvil, por lo que, en los siguientes días, iremos viendo como se vuelven a brindar servicios que hasta hace unos días no se podían brindar por la emergencia sanitaria.

 

osiptel
Osiptel aprueba lineamientos para el reinicio de actividades de las operadoras

 

Entre las actividades que ahora podrán llevar a cabo las operadoras tenemos la atención de la solicitud y contratación de la portabilidad numérica del servicio público móvil y el servicio de telefonía fija, lo cual requerirá seguir el Protocolo Sanitario Sectorial y el “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” que hace unos días publicó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, esto debido a la necesidad de llevar a cabo la correcta identificación biométrica del cliente.

Por otro lado, actividades como la atención a los problemas de calidad e interrupción del servicio, reportes de sustracción o pérdida de equipos terminales, solicitudes de migración de plan tarifario, suspensión temporal y baja del servicio se podrán seguir realizando a través del canal telefónico.

En cuanto a la contratación de servicios, atención de reclamos, apelaciones y quejas, entre otras actividades, las operadoras deberán esperar la fecha que el MTC apruebe el reinicio de las actividades en oficinas.

 

 

 

En el marco del aislamiento social obligatorio dispuesto por el Gobierno, en el sector telecomunicaciones, igual que en otros sectores, se han privilegiado los trámites virtuales para evitar el contacto entre las personas, sin embargo, con los trámites y gestiones habilitados está favoreciendo la conectividad y la comunicación virtual a nivel nacional.

Así lo señala el Organismo Supervisor de Inversión en Privada en Telecomunicaciones OSIPTEL, al hacer un balance de los trámites habilitados para los servicios de telecomunicaciones mientras dure la Emergencia Sanitaria.

 

Trámites y gestiones habilitadas

Los usuarios pueden reportar la sustracción o pérdida de sus celulares y solicitar la suspensión del servicio y el bloqueo del equipo, así como migrar de plan tarifario, suspender temporalmente sus servicios o darles de baja y comprar paquetes y realizar recargas a su línea telefónica e internet.

Todos estos trámites y gestiones se pueden realizar por teléfono, y en el caso de la migración el abonado tiene la potestad de modificar su plan contratado, así como suspender temporalmente el servicio o decidir darle de baja al mismo.

Adicionalmente, el usuario puede solicitar nuevos servicios de Internet fijo inalámbrico y móvil, así como de televisión de paga. En todos los casos, el SIM card (chip) o los equipos necesarios para activar el servicio se entregarán en el domicilio del solicitante y de ser el caso, cada abonado los instalará y activará, con apoyo técnico vía teléfono, si lo necesita.

El servicio de internet fijo se podrá contratar bajo el sistema inalámbrico para evitar que el personal de la empresa operadora ingrese al domicilio del abonado a realizar el cableado o instalar equipos y con ello se ponga en riesgo al equipo técnico y a los miembros del hogar visitado. La empresa entregará los equipos necesarios a domicilio, para que sea el mismo abonado quien los instale y active el servicio.

Cabe recordar que las instalaciones intra domiciliarias están a cargo de empresas contratadas por las empresas operadoras, es decir, están a cargo de terceros, por lo que es difícil supervisar y garantizar el cumplimiento estricto de protocolos de seguridad necesarios.

Respecto al servicio de internet fijo inalámbrico, el OSIPTEL destaca atributos como la facilidad y rapidez de su instalación, su capacidad de datos incluidos (gigabytes), la estabilidad de la señal y su velocidad de transmisión, suficientes para tele educación y tele trabajo.

En relación al internet móvil, los contratos tendrán dos características: el servicio no incluirá de llamadas telefónicas (salientes ni entrantes) ni SMS (envío ni recepción), y tendrán una vigencia de dos meses.

Estos contratos no incluyen llamadas ni SMS porque la contratación de ambos servicios requiere la verificación biométrica (huella dactilar) del abonado, para evitar suplantaciones de identidad y fraudes. Dicho procedimiento (biometría) es imposible cumplir por ahora, porque la verificación de la huella dactilar a través del lector biométrico, supone un alto riesgo de contagio del COVID 19.

Si el abonado desea mantener el servicio de internet móvil o sumarle los demás servicios, transcurridos los 2 meses, debe solicitarlo a la empresa operadora y realizar el procedimiento de verificación biométrica, como corresponde en estos contratos

De manera excepcional, y por tratarse de un sector fundamental en el manejo de la estrategia para combatir el COVID 19, se ha permitido la contratación del servicio de telefonía móvil a las entidades públicas y privadas del sector salud para que puedan mejorar sus necesidades de comunicación, en el entendido que, como conocedoras de los altos riesgos de contagio, harán seguimiento al cumplimiento del protocolo de seguridad en la contratación del servicio (limpieza del lector biométrico, uso de guantes, mascarilla, entre otros.).

También de manera excepcional, se ha permitido a las entidades que brindan servicios públicos, así como a las empresas que brindan servicios esenciales la contratación del servicio de internet fijo y del servicio de telefonía fija. En este último caso, para mejorar o implementar su call center, en aras de dar condiciones que permitan la tele educación, el tele trabajo y la atención adecuada de las comunicaciones.

En coherencia con lo dispuesto por el Gobierno respecto de evitar al máximo el contacto entre las personas, el OSIPTEL ha restringido los servicios que exijan la realización de instalaciones al interior de los domicilios.

 

Trámites y gestiones restringidas

OSIPTEL señala que, durante la Emergencia Sanitaria, no se suspenderán ni darán de baja los servicios por falta de pago y tampoco se realizarán trámites ni gestiones en los centros de atención y puntos de venta a nivel nacional.

Tampoco se realizarán trámites de portabilidad, reposición de SIM card (chips) o recuperación de equipo terminal por robo o pérdida, ya que estos requieren verificación biométrica (huella digital) y eventualmente exhibir el DNI para evitar apropiación de líneas por terceros y el fraude financiero por banca móvil o el comercio ilegal de equipos robados.

De igual forma, no se permite la reparación de equipos, ya que eso requiere que el abonado se presente en un centro de atención a dejar su equipo y eso va contra las disposiciones de aislamiento social.

Frente a la imposibilidad de contratar el servicio de internet fijo cableado, los ciudadanos tienen la alternativa de contratar el servicio de internet fijo inalámbrico o el internet móvil.

Igualmente, el servicio de televisión por cable es posible contratarlo con tecnología que no exija el ingreso del personal técnico al domicilio del solicitante.

 

 

Ayer te contábamos que Osiptel había tomado cartas en el asunto y obligaba a los operadores de telecomunicaciones locales a no restringir ni cortar el servicio a sus usuarios por falta de pago, una medida que asegura que los peruanos estemos conectados en tiempos de cuarentena.

Pues bien, el día de hoy las empresas han respondido al organismo regulador y a los usuarios. A través de la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional (AFÍN), los operadoras aceptan la orden de Osiptel.

Bitel, Claro, Entel y Movistar mantendrán sus servicios activos para todos sus usuarios, ya sea estando al día o siendo deudores, durante el tiempo de la emergencia y ratifican que están trabajando en mejorar el servicio.

Junto a su confirmación también solicitan a sus usuarios a pagar sus recibos a tiempo pues con ellos se cumple la cadena de pago a sus proveedores y trabajadores.

No se menciona absolutamente nada sobre la recomendación de Osiptel de aumentar el ancho de banda de los servicios.

Fuente: AFIN

 

 

Lo bueno se replica y Osiptel lo sabe.

Tal como está sucediendo en países europeos afectados por el coronavirus (COVID-19), el organismo regulador de las telecomunicaciones de nuestro país ha decidido imitar algunas medidas y prohíbe que los operadores de telecomunicaciones suspendan sus servicios por falta de pago. Esto quiere decir que Bitel, Claro, Entel y Movistar no podrán desconectar tu servicio en este tiempo de cuarentena por falta de pago.

La prohibición habría entrado en vigencia desde el día de ayer, fecha en la que inició la cuarentena nacional decretado por el Ejecutivo, con la que se busca combatir el coronavirus y reducir su propagación.

La prohibición de corte de servicio no fue lo único que ha señalado Osiptel, también recomienda a las operadoras aprovisionarse de más ancho de banda y así evitar mayores problemas con sus servicios ahora en tiempo de la cuarentena, donde se espera hasta triplicar el consumo de internet.

Osiptel solicitó a las empresas evaluar lo siguiente.

 

  • Aprovisionarse de más ancho de banda en todos los segmentos de la red.
  • Proveer opciones de conectividad de banda ancha a bajo costo a las áreas poco cubiertas o sin cobertura.
  • Dar acceso gratuito e ilimitado a mensajería instantánea en todos los terminales móviles: SMS, WhatsApp u otro de uso masivo), excepto para intercambio de videos o Videollamadas.
  • Permitir la opción de realizar la compartición de datos en la modalidad de Tethering aplicable a toda la capacidad de datos contratado por el abonado.
  • Incrementar gratuitamente la capacidad de datos de los planes de los usuarios.
  • En el caso del servicio de Internet Fijo alámbrico (y para aquellos servicios que cuenten con tope de consumo) dejar sin efecto la reducción de velocidad una vez alcanzado el tope de consumo.
  • Habilitar la posibilidad de realizar llamadas multipartitas vía telefónica para usos de teletrabajo.

 

 

El día de hoy, Osiptel declaró infundado recurso de apelación y confirmó que estaría multando a la operadora Entel por una suma de 1 millón 380 mil soles, esto por el no cumplimiento de metas trazadas y por no remitir información solicitada por el ente supervisor.

 

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Osiptel sigue con las multas

 

Con resolución Nº 178-2019-CD, Osiptel habría declarado infundado el recurso de apelación que Entel presentó en un primer momento y habría confirmado que la operadora deberá pagar el monto impuesto.

Las primeras tres multas impuestas a Entel estarían relacionadas al incumplimiento de metas de mejora en la calidad de su servicio y tendrían un valor de 221.6 UIT, es decir 952,880 soles. La última multa sería de 100 UIT y habría sido emitida por el incumplimiento de la operadora de mandar información solicitada por Osiptel.

Entel ya habría agotado la vía administrativa para revertir este cobro, pero seguramente buscará otro recurso para no tener que pagar lo que para ellos resulta un cobro no justificado.

 

 

 

 

En comunicado oficial, el OSIPTEL ha otorgado a las operadoras de telefonía móvil un plazo de 10 días para el cese total de la venta de chips en la vía pública, práctica que según la institución sería perjudicial para el usuario.

 

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Osiptel da plazo a operadoras para cese de venta de chips en la vía pública

 

En el comunicado del ente fiscalizador de las telecomunicaciones se puede leer que «esta medida se adoptó debido a que las empresas operadoras vienen ofreciendo chips de telefonía móvil en calles, plazas, mercados y bulevares de Lima y el interior del país, informalidad que expone a los abonados a contrataciones fraudulentas, mal uso de datos personales y a información no veraz sobre la contratación de los servicios». 

Según el RENTESEG (Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad), las empresas operadoras se encuentran prohibidas de comercializar chips, SIM Cards y cualquier otro dispositivo similar con el servicio activado antes de registrar los datos de identificación del abonado en el registro de abonados, por lo cual la venta de chips pre-activados a usuarios en la vía pública debería dejarse de lado por completo.

El otro gran problema de esta modalidad es que vendedores inescrupulosos habrían estado usando información de los usuarios para activar una o más líneas adicionales, las cuales luego son vendidas a delincuentes que no quieren ser rastreados por el número o para adquirir equipos a su nombre.

Las operadoras aún no se han manifestado al respecto, pero esperamos que obedezcan la medida, por el bien de sus usuarios.

 

Fuente: Osiptel

 

 

No es ningún secreto que Telefónica del Perú la está pasando mal. Si bien aún es el líder en cuota de mercado de servicios de telefonía móvil e internet fijo, los ingresos han llegado a los puntos más bajos y en los últimos trimestres solo ha estado presentando números en rojo.

Esto ha hecho que veamos como algunas divisiones de la empresa se cerraran, como el caso de Tuenti. Por si fuera poco ayer por la tarde surgía información desde España que aseguraba que Telefónica del Perú estaba pensando retirarse del Perú por la enorme deuda que tiene con SUNAT (más de 700 mil euros según cifras españolas).

Pues bien, el panorama parece complicarse aún más y es que el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ha multado una vez más a la empresa española por brindar información inexacta con respecto a 36 expedientes de apelación, los cuales fueron elevados al Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (Trasu).

Según información de Gestión, el 11 de marzo de este año el Trasu comunicó a Telefónica sobre el procedimiento administrativo en su contra. Los españoles emitieron sus descargos el 111 de abril y el 2 de mayo se envío el análisis de estos, otorgándoles un tiempo más para formular su pronunciamiento.

El 23 de mayo se produjo la sanción del Trasu contra Telefónica por 51 UIT y días después la empresa interpuso un recurso de reconsideración. Finalmente dos meses atrás la operadora presentó un recurso de apelación, por lo que finalmente la multa por 51 UIT estaba confirmada.