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El Organismo Supervisor de Inversión Privada de Telecomunicaciones (Osiptel) ha estado muy activo este año, empezando su labor de fiscalización desde inicios de año y multando a los operadores de telecomunicaciones que no cumplan con los servicios ofrecidos.

Si desde hace casi un mes hemos empezado a ver varias multas a Entel y Bitel, esta vez le toca a Telefónica del Perú, quien ha recibido un total de 108 multas que en su total suman S/ 35’035,140, por no entregar e incumplir los Compromisos de Mejora de la calidad del servicio de telefonía móvil en 108 centros poblados urbanos del país.

Las multas tipificadas como infracciones graves en el Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones suman 8,341.7 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), debido a que Telefónica no cumplió sus Compromisos de Mejora de Calidad de Cobertura de Servicio (CCS), Calidad de Voz (CV) y Tiempo de Espera en Mensajes de Texto (TEMT) correspondiente al primer semestre de 2016, y no entregó sus Compromisos de Mejora relacionados con los dos primeros indicadores en el primer semestre de 2017.

 

 

Los incumplimientos correspondientes al primer semestre de 2017, por no enviar al OSIPTEL los Compromisos de Mejora de Calidad de Voz y Calidad de Cobertura de Servicio, le valieron a Telefónica 57 multas de 100 UIT cada una, que ascienden a un total de S/ 23’940,000.

En lo que respecta al incumplimiento de los compromisos de mejora correspondientes al primer semestre de 2016, la empresa recibió diez multas de 51 UIT cada una –que hacen un total de S/ 2’142,000– por el indicador TEMT en diez centros poblados de Arequipa, Huánuco, Madre de Dios, Lambayeque, Piura, Puno, San Martín y Ucayali; y siete multas que suman S/ 1’670,340 por el indicador de CCS en centros poblados de Cajamarca, Huánuco, Junín, Lambayeque, Lima y Piura.

Otras 34 multas, por un total de S/ 7’282,800 soles, responden a incumplimientos de mejora relacionados con el indicador de la calidad de voz en Amazonas, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huánuco, La Libertad, Lambayeque, Lima y Piura.

El OSIPTEL señaló que la exigencia impuesta a las empresas operadoras de cumplir determinados indicadores busca proteger y garantizar el respeto de los derechos de los usuarios a recibir un servicio de telefonía móvil de calidad, y que los Compromisos de Mejora permiten determinar si la empresa logra o no cumplir los indicadores en evaluaciones posteriores.

De acuerdo con la resolución, la multa que se cancele íntegramente dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación de la sanción, se reducirá en un 20% del monto impuesto, siempre y cuando esta no sea impugnada.

Las multas impuestas pueden ser impugnadas, dentro del plazo de ley, ante las instancias correspondientes del OSIPTEL.

 

 

En el 2018, las empresas operadoras registraron 13,419 interrupciones de los servicios públicos de telecomunicaciones: internet y telefonía fija, telefonía e internet móvil y televisión de paga. El resultado superó en 96% a las 6,852 interrupciones contabilizadas el año 2017, según el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones –  OSIPTEL.

En el estudio Mediciones de Calidad de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, el OSIPTEL destacó que el 57% de las interrupciones se generaron por daños en la infraestructura (por terceros), falla en la red o en el servicio de portador; robo, hurto y vandalismo; mantenimiento o mejora tecnológica, fallas de origen natural y otra causa externa, respectivamente. El 43% restante fue producto de concesionarios de otros servicios; el de mayor incidencia fue por corte de suministro eléctrico.

En el servicio de telefonía móvil, el 61% de las interrupciones se registraron entre las 6:00 a.m. y las 18:00 horas. En ese mismo horario se produjeron el 63% de interrupciones en internet móvil.

Asimismo, en telefonía e Internet móvil, la empresa Bitel registró el mayor número de minutos de interrupción promedio por usuario al mes (10.6 minutos). En ambos servicios, los usuarios de Madre de Dios, Ayacucho, Loreto y Pasco registraron el mayor tiempo de afectación promedio por abonado expresado en minutos/mes.

 

 

En Telefonía fija, Movistar registró el mayor número de minutos de interrupción promedio por usuario al mes (55.3 minutos). El resultado representa un incremento de 95.4% respecto del resultado de 2017, que fue de 28.3 minutos.

La empresa Entel alcanzó 22.3 minutos de tiempo de afectación por abonado al mes en el 2018. Mientras que Claro y Americatel registraron 0.5 y 04 minutos de tiempo de afectación por abonado al mes, respectivamente.

 


 

En Internet fijo, Movistar registró el mayor número de minutos promedio por usuario sin servicio al mes (60 minutos). Se debe considerar que en el 2017, el tiempo de afectación para los usuarios de Movistar fue de solo 4.2 minutos por mes.

Las empresas Fiberlux y Century Link obtuvieron un registro de 9.8 y de 6.9 minutos de tiempo de afectación por abonado al mes, respectivamente.

 


 

En Televisión de Paga, Movistar tiene el mayor número de minutos promedio por usuario sin servicio al mes (82.4 minutos). El 91% de las interrupciones se registró entre las 6:00 a.m., y las 18:00 horas, de acuerdo con el estudio realizado por el OSIPTEL.

Los departamentos de Cusco, Arequipa, La Libertad y Piura registraron el mayor tiempo de afectación promedio por abonado expresado en minutos/mes.

 

 

Mediciones de datos en redes 3G y 4G

 

En el servicio de Internet móvil 3G, la muestra medida por el OSIPTEL indica que Bitel, en promedio, no cumple con garantizar una velocidad mínima de bajada de al menos el 40% de la velocidad contratada en por lo menos el 90% de las mediciones. En tanto, las velocidades de bajada promedio en Mbps son lideradas por Entel 6.25 Mbps; Movistar 5 Mbps; Claro 4.05 Mbps y Bitel 4.03 Mbps.

En Internet móvil 4G-LTE, en la muestra medida, en promedio, Claro y Bitel no cumplen con garantizar una velocidad mínima de bajada de al menos el 40% de la velocidad contratada en al menos el 90% de las mediciones (registraron un desempeño de 83.3% y 86.9%). Mientras que, en velocidades de bajada promedio en Mbps, Entel registra 28.94 Mbps, Movistar 23.52 Mbps, Claro 18.28 Mbps y Bitel 10.53 Mbps.

 

 

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL sancionó a tres empresas operadoras de telefonía móvil con multas que suman un total de S/ 2’271,360 (540.8 UIT) por incumplir los Compromisos de Mejora de Calidad en la prestación del servicio móvil en diferentes zonas del país. Por esta infracción, Telefónica del Perú deberá pagar S/ 1’457,400 (347 UIT), Entel S/ 428,400 (102 UIT) y Bitel S/ 385,560 (91.8 UIT).

En el caso de Telefónica, el regulador confirmó siete multas (seis de S/ 214,200 y una  de S/ 172,200) por no cumplir el Compromiso de Mejora vinculado al indicador de Tiempo de Entrega de Mensajes de Texto (TEMT) en los centros poblados de Chuschi y Vilcashuamán (Ayacucho), Llata (Huánuco) y San Jacinto (Tumbes), y por no elevar el indicador de Calidad de Voz (CV) en Los Pisconte (Ica), Motupe (Lambayeque) y Lampa (Puno) en el segundo semestre de 2016.

A la empresa Entel le ratificó dos multas de S/ 214,200 (51 UIT) cada una por incumplir los Compromisos de Mejora de los indicadores de Calidad de Cobertura del Servicio (CCS) detectados en Pachacamac (Lima), en el primer semestre de 2017; y en el centro poblado de Tacabamba (Cajamarca), en el segundo semestre de 2016, que configuran infracciones graves tipificadas en el Reglamento de Calidad.

BITEL también incumplió su Compromiso de Mejora de Calidad de Cobertura del Servicio (CCS) en los centros poblados de Casma Villahermosa (Áncash) y San José (La Libertad), en el segundo semestre de 2016, por lo cual recibió dos multas de S/ 192,780 (45.9 UIT) cada una.

En todos los casos, el regulador remarcó que las empresas operadoras tienen contratos de concesión para la prestación de servicios de telecomunicaciones y, por lo tanto, tienen la obligación de adoptar las medidas apropiadas y previsibles para cumplir sus obligaciones contractuales, legales y técnicas, entre ellas, cumplir los estándares exigidos para que los usuarios reciban un servicio de calidad.

Además, resaltó que los Compromisos de Mejora los asumen las empresas, de manera unilateral, y son estas las que establecen y consignan autónomamente las acciones y medidas que consideran necesarias para superar los incumplimientos en los que han incurrido.

 

 

Hace cuatro meses el congreso de la república iniciaba una investigación exhaustiva a Bitel por supuestas irregularidades a la hora de adquirir una de sus bandas. Hoy, luego de un largo tiempo, el MTC finalmente desestima estas acusaciones y le da la razón a Bitel.

Tras revisar a fondo las acusaciones en su contra, el MTC determinó que la Resolución Directorial N° 690-2017-MTC/27 (esa misma que permite el uso de la banda 2.5 Ghz a Bitel) está en orden y es completamente legal. Por lo que no existen indicios de actos ajenos a lo que estipula la ley.

Recordemos que los reclamos hechos hacía el operador vietnamita tenían que ver con el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, la cual establece ciertas medidas para otorgar las concesiones y asignaciones del espectro radioeléctrico. Según este reglamento hay dos formas de conseguir la licitación: a través de un concurso publico de ofertas o a través de solicitud parte (la empresa ofrece algo a cambio para que se le otorgue una banda)

 

La banda 2.5 Ghz es una de las bandas más importantes localmente y de hecho es uno de los pilares más importantes del operador vietnamita.

 

Con este pronunciamiento de la Resolución Directorial, la cual otorga la banda 2.5 Ghz a Bitel, se concluye que la solicitud de asignación de espectro no está sujeto a concurso público. También se desmiente que esta frecuencia haya estado bajo una restricción de disponibilidad.

El comunicado del MTC también menciona que se ha emitido un decreto que restringe el número de concesionarios para la banda 2.5 Ghz en provincias.

 

Bitel debe participar en el reordenamiento

No es ningún secreto que desde la llegada de Bitel muchas cosas han cambiado favorablemente en el mercado de telecomunicaciones, pero ahora el METC le solicita su participación en el reordenamiento (obligaciones y metas de uso) en zonas alejadas o de interés social.

La banda 2.5 Ghz que ahora vuelve a poseer Bitel funciona bajo las 183 provincias a nivel nacional y que permiten tener una mejor conexión.

Más información: MTC
 

 

El día de ayer el MTC lanzó un comunicado donde informaba que no se le había renovado a Telefónica del Perú dos concesiones para los servicios de telefonía fija local (abonados y teléfonos públicos) y como portador de larga distancia nacional e internacional, esto motivado por lo que el Ministerio dijo serían «serios incumplimientos en las normativa del sector»

Por supuesto, Telefónica no se ha quedado callada y el día de ayer se ha manifestado con una comunicación oficial al respecto. ¿Qué es lo que dice? Pues vamos a verlo.

 

Ante la resolución del Ministerio de Transporte y Comunicaciones de no renovar dos de los contratos de concesión de telefonía fija y portador, Telefónica del Perú precisó que esta decisión no afecta la continuidad de los servicios de telecomunicaciones que brinda a sus clientes. En la actualidad, Telefónica cuenta con un total de 17 contratos de concesión para brindar distintos servicios públicos de telecomunicaciones: telefonía fija, móvil, larga distancia, Internet y TV Paga, que garantizan el despliegue de sus servicios. 

“Entre los 17 contratos de concesión, por ejemplo, uno de ellos se encuentra renovado hasta 2032 y permite brindar servicios de telefonía fija, entre otros, por lo que podemos asegurar a nuestros millones de clientes que la decisión del MTC no tendrá impacto en el uso diario de sus servicios”, precisó Mario Coronado, director de Regulación de Telefónica del Perú.

 

Adicionalmente, sobre lo manifestado por el MTC en relación a sus faltas al reglamento local, Telefónica dice lo siguiente:

 

“Estamos en desacuerdo con la decisión tomada por el MTC, particularmente con la metodología utilizada que no considera nuestro aporte al desarrollo de las telecomunicaciones del país y que no tiene precedentes a nivel internacional. Este pronunciamiento tiene implicancias más allá de los contratos materia de renovación y de Telefónica del Perú, la falta de predictibilidad puede afectar el clima que busca atraer inversiones para reducir la brecha de infraestructura”

 

Vamos a ver cómo continua el asunto, pero como ya mencionamos anteriormente, al menos en el corto plazo no deberían haber cambios para los clientes de la operadora.

 

 

 

 

El comunicado oficial, el Ministerio de Transporte de Comunicaciones ha anunciado que, debido a serios incumplimientos en las normativa del sector, no estará renovando dos contratos de concesiones que mantenía con Telefónica del Perú.

 

El MTC le bajó el dedo a Telefónica del Perú

 

A través de Resolución Ministerial Nº 924-2018-MTC/03, el MTC comunica que opta por no renovar el plazo de concesión solicitado por Telefónica del Perú con respecto a dos contratos que fueran suscritos en 1994, uno para los servicios de telefonía fija local (abonados y teléfonos públicos) y uno como portador de larga distancia nacional e internacional.

¿Cómo quedaríamos los usuarios? Pues el MTC garantiza que no se les afectará de ninguna manera. Además, debemos recordar que la concesión actual (la cual no se renovó) está vigente todavía hasta el 2027, por lo que no deberíamos preocuparnos cuando menos en el corto plazo.

Estaremos atentos a novedades, especialmente porque no creemos que Telefónica del Perú se quede de brazos cruzados ante este fallo.

 

Luego de una larga batalla legal entre Netflix y Telefónica, acaba de ocurrir lo impensado y es nada menos que una enorme alianza entre estos dos gigantes.

Netflix, la empresa de mayor valor en entretenimiento por internet, y Telefónica, uno de los operadoras de telecomunicaciones más grandes en Latinoamérica y Europa, anunciaron un acuerdo por varios años que tendrá como grandes beneficiados a los usuarios de Latinoamérica.

El acuerdo incluye un amplio rango de iniciativas a implementar que variarán dependiendo de cada mercado. Entre ellas, cabe destacar la integración de la aplicación de Netflix en los decodificadores de televisión de pago de Movistar TV y la posibilidad de acceder a Netflix desde el servicio de video OTT Movistar Play así como la opción de realizar el pago de la suscripción al servicio de Netflix a través de la factura de Telefónica. Además, el acuerdo contempla otras propuestas como la incorporación de Netflix a algunos planes de datos móviles que permiten a los clientes de Telefónica ver vídeo por streaming sin que ello suponga un consumo sobre sus paquetes de datos estándar.

Una vez que se lance Netflix en las plataformas de Telefónica, cualquier persona podrá registrarse de forma sencilla, al tiempo que los usuarios de Netflix podrán iniciar sesión en los dispositivos de Telefónica y acceder fácilmente a contenido original de todo el mundo como “La Casa de Papel”, “Bright”, “Lost in Space”, “Narcos”, “Club de Cuervos”, “3%”, “Stranger Things” y “13 Reasons Why”.

Los primeros lanzamientos comerciales en varios países se anunciarán en las próximas semanas seguidos de otros lanzamientos en toda la región a lo largo de 2018.

 

 

Semanas atrás les contábamos sobre una nueva multa hacía Telefónica del Perú por la infracción de dos normas de telefonía móvil a cargo de Osiptel.

La empresa española no estaba totalmente de acuerdo con la medida por lo que decidió apelar la sentencia pero ahora nos enteramos que Osiptel declaró infundado el recurso de apelación, por lo que la multa deberá ser pagado.

Según el organismo regulador, Telefónica del Perú incumplió con los artículos 11º y 26º del Reglamento General de Tarifas, por lo que recibe una multa de 45 UIT (182,250) y otra de 127.5 UIT (516,375).

La primera multa se debe al incumplimiento del artículo 11º, en la que empresa española no habría detallado sobre tarifas promocionales denominadas «Postpago fácil».

La segunda multa es por comercializar las promociones «Bono 20 min TD», «Bono 1 GB x mes» y «RPM Móvil Posta – Móvil Prepago», las cuales tuvieron un período de vigencia mayor a 180 días.

Osiptel menciona que la operadora aplicó el descuento promocional del 50% del valor del cargo mensual a sus nuevos clientes que contrataron «Plan Vuela S/109», «Plan Vuela S/99» y «Plan vuela S/110 C», todos estos asociados a la promoción Postpago Fácil, las cuales estuvieron vigentes por 8 meses y no por el período establecido que no puede ser mayor a 180 días.

Fuente: La República